Diálogos de Actualidad

Raúl Ochoa Marco, vicepresidente primero de Abogados por un Colegio-Ético, visita Déjate de Historias para explicar las demandas del colectivo. La asociación a la que representa quiera suscitar un cambio de modelo que permita recuperar el protagonismo y la representación de cuantos componemos el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.

 

AJA Madrid

Raúl Ochoa interviene en la Jornada de Formación de Habilidades Prácticas de la Abogacía.

La Sexta

Intervención de Raúl Ochoa en el programa "Equipo de Investigación" de La Sexta, relativo a una estafa piramidal. 

 

A partir del minuto 41.

NOTICIAS

Defensa arregla todos los motores de los F-5 tras el accidente de 2012 que destapó múltiples fallos

 

La tragedia aérea de un avión de caza F-5 del Ala 23 hace más de siete años es el primer caso que deja como investigados penalmente a ocho altos mandos del Ejército del Aire por un siniestro, pero a la vez ha servido para actualizar todos los motores de estos aviones cuya vida dura ya más de 40 años. El accidente ocurrió en Talavera la Real (Badajoz) el 2 de noviembre de 2012 y la instrucción judicial dio un giro hace tres meses, cuando la juez togada instructora elevó el caso al Tribunal Militar Central, porque hay mandos por encima de comandante investigados (como ocurre con los aforados en la vida civil) y la competencia ya es de este tribunal superior.

 

En su auto de elevación a sumario, la juez disponía que se informara al Ministerio de Defensa del "grave riesgo" existente en determinadas piezas de los motores de los F-5 para que tomara medidas. Precisamente una de esas piezas, el disco rotor del segundo escalón de turbina, fue la causa inicial del accidente, ya que se rompió al despegar el avión. Aunque hubo más causas que provocaron el fallecimiento del piloto instructor y secuelas muy graves a su alférez alumno, el suceso despertó las alarmas sobre la falta de mantenimiento de estas piezas y los defectos de protocolo. Poco después de aquel accidente, otra rueda de turbina igual que la accidentada se partió mientras el motor en el que estaba instalada era probado en tierra, aunque sin consecuencias personales.

A preguntas de este periódico, el Ejército del Aire explicó que "a raíz del accidente ha venido tomando una serie de medidas de mantenimiento muy restrictivas" con los motores operativos J85-GE-13 del F-5: "Se ha reducido la vida del disco de segundo escalón de turbina, seguida de la retirada del servicio de todos los discos con el mismo P/N (Part Number) que el afectado" en el accidente; se han verificado "los datos de ingeniería de todos los elementos con límite de vida de la turbina del motor del F-5 (discos y anillo de torsión)"; se han desmontado "todos los elementos de turbina mencionados anteriormente que tengan un número de horas de vuelo superior al número de ciclos de fatiga", y se ha realizado la "comprobación, mediante inspección de ensayos no destructivos, de discos de ruedas de primer y segundo escalón de turbina, dando como resultado 'sin grietas'".

El Ejército del Aire asegura que se tomaron todas estas medidas incluso antes de que la juez lo solicitara a Defensa, por lo que a día de hoy se presupone que los motores de los F-5 ya son seguros. 

Aquel accidente costó la vida al comandante instructor Ángel Álvarez, y destrozó la salud del alférez Sergio Santamaría, que tenía por delante una prometedora carrera como piloto de combate, un puesto muy exigente al que apenas acceden ocho personas al año. Sergio pasó meses con prácticamente todo el cuerpo roto, a excepción de la cabeza, y tuvo que hacer una larga recuperación en el Hospital de Parapléjicos de Toledo.

Actualmente, el caso está a la espera de que la instrucción continúe en el Tribunal Militar Central, pues están investigados tres coroneles, dos tenientes coroneles, dos comandantes y un teniente, además del instructor fallecido, también comandante, cuya responsabilidad penal se ha extinguido al morir.

El accidente ocurrió más de 15 minutos después del despegue. El avión, que data de 1970, volaba con un solo motor porque el disco de turbina que se rompió estropeó uno de ellos, llegando a salir ese disco disparado a través del fuselaje. Durante el vuelo, el avión perdió en parte su control de profundidad (el que permite subir o bajar el aparato), y eso impedía que aterrizara con seguridad. 

La única solución habría sido eyectarse y dejar que el F-5 se estrellara en una zona de seguridad. Sin embargo, el instructor optó por aterrizar y el avión se accidentó. Ya en el suelo y entre las llamas, el instructor eyectó su asiento, pero tuvo la mala suerte de estrellarse contra un camión de bomberos que había ido a apagar el incendio y se mató. Sergio salió eyectado a consecuencia del impacto y la explosión del avión.

En el suceso coincidieron tres fatalidades, según relata la juez en su auto y explica el abogado de la acusación particular, Raúl Ochoa, que representa al alumno herido: "Lo primero que ocurre en este caso es que el instructor había perdido la habilitación que le permitía ejercer como instructor. La tuvo en su día, pero la había perdido, y la legislación obliga a superar una serie de pruebas para recuperarla. Sin haber hecho esas pruebas habilitantes, se le firmaron los permisos como si hubiera cumplido los requisitos. Él no debía haber volado ese día. Por ese motivo hay algunos mandos investigados".

"Por otra parte, falló el disco del rotor de turbina, que se rompió porque había sobrepasado su número de ciclos de vida útil. Había superado incluso las recomendaciones del fabricante. La pieza se tenía que haber cambiado mucho antes", añade Ochoa.

"La tercera causa es que no se habían realizado las revisiones preceptivas, y en esas revisiones se habrían detectado los fallos que tenía el disco por haber superado su vida útil", continúa el abogado.

Es decir, por una parte había un fallo mecánico, y por otra un instructor que en ese momento no tenía los reflejos para actuar de manera casi automática ante una emergencia como la que tenían, pero hay más: "En tierra, en la sala de control, había varios mandos, incluyendo al teniente coronel que manda el grupo de fuerzas aéreas del Ala 23, que podían ver en sus pantallas los controles del avión, por lo que tenían la misma información que el piloto. Sin embargo, el teniente coronel no le ordenó eyectarse. Tenía que haberle ordenado también hacer una 'prueba de controlabilidad' para que supiera si podía aterrizar. Si la hubiera hecho, habría sabido que era imposible aterrizar con seguridad", dice Ochoa.

"Por nuestra parte esto no lo hacemos para ir contra el Ejército del Aire, sino contra unas personas responsables de no haber cumplido las normas", concluye Ochoa.

El Mundo, Pablo Herraiz, Lunes 22 de julio de 2019.

 

La Audiencia de Navarra decreta la libertad provisional para los miembros de "La Manada"

 

La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra, ha ordenado la puesta en libertad provisional de los cinco condenados a nueve años de prisión por la comisión de un delito de abusos sexuales con prevalimiento a una joven durante las fiestas de los Sanfermines de 2016. Esta decisión ha sido tomada cuando el plazo máximo de dos años para la prisión provisional estaba a punto de vencer, no obstante, la ley contempla la posibilidad de ampliar dicho plazo hasta cumplir la mitad de la condena.

 

El tribunal ha fijado una fianza de 6.000 euros a cada uno de los condenados para que pueda obtener la libertad provisional. Además ha establecido una serie de medidas que conllevan la obligación de comparecer en el juzgado de guardia tres días a la semana, la retirada del pasaporte, la prohibición de abandonar el territorio nacional sin autorización judicial, el impedimento de comunicarse con la joven y la imposibilidad de acudir a la Comunidad de Madrid (lugar de residencia de la víctima).

 

Las defensas de los acusados reclamaron la excarcelación provisional a la espera de que el caso llegue al Tribunal Superior de Justicia de Navarra. Todo apunta a que este tribunal afrontará los recursos en septiembre, aunque sea la resolución que sea, el caso llegará hasta el Tribunal Supremo, puesto que las partes ya han confirmado que agotarán toda la vía judicial.

 

A pesar de que tribunal rechazara hasta en tres ocasiones la puesta en libertad provisional de los miembros de "La Manada" alegando riesgo de fuga y de reiteración delictiva, ahora, estima que estas circunstancias han cambiado y decide su puesta en libertad.

 

 

Los jusristas rechazan los ataques a los abogados en los crímenes "médiáticos"

 

Raúl Ochoa Marco, Socio Director de Ochoa-Marco & Asociados y Diputado de la actual Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM), participó en la Jornada "Aula de debate: justicia, abogacía y sociedad", organizadas por el Centro de Estudios del ICAM -de la que Raúl Ochoa Marco es Director-. 

 

En la Jornada se trataron temas como el impacto que tiene la cobertura de los medios de comunicación de sucesos graves como el asesinato del pequeño Gabriel o Diana Quer, que acaban provocando que la socuedad asocie a los abogos que defienden a lso acusados como auténticos sospechosos.

 

Raúl Ochoa afirmó que "defender a una persona no significa que comparamos nada con ella, sino que ponemos a su servicio los conocimientos que tenemos para proporcionarle la mejor defensa posible, ya que esta es nuestra obligación como abogados".

 

Para más información al respecto: la edición del diario Cinco Días publicada el 23 de abril de 2018, en la que aparece un artículo al respecto.

 

 10/01/18: ¿Qué y cómo se puede reclamar por la nevada del día de Reyes en la AP-6?

Qué puede reclamarse

Los daños sufridos como consecuencia de quedar atrapados en la AP-6 durante el día 6 de enero de 2017 se cuantificarán de acuerdo a las circunstancias de cada viajero.

 

Los afectados no son únicamente los conductores del vehículo, sino todas aquellas personas que viajaban en el vehículo atrapado.

 

La reclamación podrá realizarse tanto por daños materiales como morales, debiendo ser ambos demostrables; de ahí la importancia de guardar facturas o comprobantes.

Vía Civil

La primer actuación a desempeñar será realizar una reclamación extrajudicial a la concesionaria del servicio.

 

Posteriormente, en el supuesto de que la concesionaria no atendiese la solicitud, deberían instarse las acciones que se estimen pertinentes.

 

El plazo para exigir la responabilidad civil es de un año desde que sucedieron los hechos (artículo 1968 del Código Civil).

 

 

Recomendaciones

Con la intención de demostrar la presencia en el incidente, es recomendable guardar el recibo de entrada en la AP-6. En caso de no tenerlo, podrá demostrarse la presencia en la autorpista mediante fotografías, tickets de los gastos incurridos en gasolineras/hostales cercanos al kilómetro de la autopista donde sucedieron los hechos, geolocalización del teléfono móvil...

Vía Administrativa

Podría iniciarse, también, acciones contra la Administración, a través de una reclamación patrimonial previa. 

 

Una vez denegado el derecho del reclamante a lo solicitado en su escrito, cabe interponer el oportuno recurso contencioso-administrativo.

Máster en Litigación impartido por el EIS Innovative School curso 2017/2018

 

Como bien dice nuestro Socio Director, Raúl Ochoa, también Director y profesor del Máter en Litigación impartido por EIS Innovative School, "los juzgados y tribunales son un escenario de una lucha sin cuarte, en los que las batallas se suceden de manera educada y ordenada en la forma, pero inexorablemente rápida en el fondo."

 

Por ello, la mejor preparación son las técnicas y habilidades que se imparten en el Máster online en Litigación impartido por EIS Innovative School; siendo estas, entre otras, las siguientes: comportamiento en sala y ante el cliente, oratoria, negociación, interrogatorio, gestión del tiempo y estrés y protocolo. 

 

Este máster está dirigido especialmente a licenciados o graduados en Derecho que desean desarrollar su práctica en los departamentos deLitigios y Arbitraje de los bufetes de abogados, así como en empresas con vocación multinacional. 

 

Accionistas Banco Popular:

Recupere su inversión

 

Tras la intervención de la Unión Europea de Banco Popular y la compra de la entidad por valor simbólico de 1 € efectuada por el Banco Santander, la CNMV suspendió de cotización las acciones de la entidad y activó el procedimiento establecido por Europa: amortización íntegra de todas las acciones en circulación, la conversión en capital de los 1.250 millones de bonos contigentes convertibles (CoCos), así como la transformación en acciones de la deuda subordinada. 

 

Si es uno de los afectados por la pérdida de la inversión realizada como consecuencia de información falsa u omisión de datos relevantes en el folleto, puede reclamar la pérdida sufrida y los daños y perjuicios generados. 

 

Segunda Oportunidad:

Mecanismo de exoneración de deudas

 

Tras la aprobación de la "Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social" se introduce en nuestro ordenamiento jurídico, con carácter general, el "beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho" para el deudor persona natural y empresarios, así como los trabajadores autónomos, que se encuentren en situación de insolvencia.

 

 03/02/17: Nuestro Socio Director, Raúl Ochoa Marco, publica nueva edición de su libro "Por qué se ganan o se pierden los pleitos"

 

Con la publicación de la 2ª edición de "Por qué se ganan y se pierden los pleitos", se reafirma la utilidad de este manual para todos aquellos abogados, jóvenes y expertos, que se enfrentan a la actuación en sala día a día. 

 

"Por qué se ganan o se pierden los pleitos" permite conocer, de un modo rápido y efectivo, la legislación aplicable al supuesto tratado, así como un resumen del procedimiento aplicable, aderezado todo ello con un esquema procesal y, como piedra angular, algunas sentencias dictadas al efecto, estimando o desestimando la pretensión, con especial relevancia sobre qué pruebas han sido necesarias para tomar una u otra decisión. 

 30/01/17: Raúl Ochoa Marco, Socio Director, publica nueva edición de su libro "La Herencia"

 

El presente manual pretende, mediante esquemas prácticos, explicar de manera clara y comprensible los aspectos sustantivos y procesales del Derecho de Sucesiones; con la ayuda de numerosos modelos de documentos más habituales.

 

Convertido en todo un clásico entre los manuales dedicados a esta materia, "La herencia" se presenta, en su 7ª edición, en un nuevo formato, revisada y ampliada con las últimas reformas legislativas; incluyendo, como novedad, las características y particularidades del Impuesto sobre Sucesiones. 

Los Juzgados comienzan a condenar a los bancos a devolver los gastos notariales, registrales e impuesto de actos jurídicos documentados, abonados por los clientes por la suscripción del préstamo hipotecario, de acuerdo con el criterio del Tribunal Supremo fijado en diciembre de 2015.

 

La Sentencia num. 705/2015, de 23 de diciembre, del Tribunal Supremo declaró nula, por abusiva, la cláusula inserta en los préstamos hipotecarios por la que se impone al prestatario el pago de todos los gastos, tributos y comisiones derivados del mismo, pero de manera genérica, y sin condena de devolución a cantidad alguna a las entidades bancarias.

 

Por tal motivo, al día siguiente de la publicación de dicha pionera y novedosa Sentencia, Ochoa - Marco & Asociados, con base en la misma, comenzó a interponer demandas en reclamación de las cantidades abonadas por tales conceptos por sus clientes, fruto de las cuales, recientemente comenzamos a obtener las primeras resoluciones de los Juzgados de Primera Instancia que condenan a la devolución de dichas cantidades con base en la jurisprudencia de nuestro Alto Tribunal.

 

Efectivamente, la Sentencia del Tribunal Supremo señala que "resulta llamativa la extensión de la cláusula que pretende costes derivados del contrato, supliendo y contraviniendo normas legales" y que la misma "no permite la mínima reciprocidad en la distribución de gastos (...), cuando no puede perderse de vista que la garantía se adopta en beneficio del prestamista", es decir, del banco. 

 

La única vía para poder reclamar la devolución de dichos gastos es la judicial, interponiendo una demanda a tal fin.

 

Nuestro Socio Director, Raúl Ochoa, intervino hoy en La Sexta Noticias, comentando este nuevo frente judicial abierto contra la banca en el que Ochoa - Marco & Asociados es pionero, habiendo obtenido varias Sentencias favorables hasta la fecha. Vea la noticia al completo a través del siguiente enlace: La Sexta Noticias.

 

 La justicia europea decide aplicar la retroactividad total a las cláusulas suelo

 

La sentencia definitiva sobre las cláusulas suelo ha concedido la retroactividad total de la devolución de las cantidades cobradas en exceso, contra el dictamen del abogado general. 

 

"La declaración judicial del carácter abusivo de una cláusula debe tener como consecuencia el restablecimiento de la situación en la que se encontraría el consumidor de no haber existido dicha cláusula. Por consiguiente, la declaración del carácter abusivo de las cláusulas suelo debe permitir la restitución de las ventajas obtenidas indebidamente por el profesional en detrimento del consumidor", sostiene la sentencia dictada esta mañana por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. 

El abogado Raúl Ochoa anula Whatsapp

 

 

El Juzgado de lo Penal Nº4 de Móstoles, el 20/01/2016, dicta sentencia pionera en nuestro ordenamiento jurídico, al considerar, haciendo suya la tesis mantenida por el abogado Raúl Ochoa Marco, que una captura de pantalla en la que se muestra un mensaje transmitido por redes sociales no tiene valor probatorio suficiente sin una prueba pericial.

 

Aunque la sentencia es relativa al uso de Whatsapp, también tiene incidencia en el uso de redes sociales como Twitter o Facebook.

 

 

 

(+ 34) 91 727 38 29

C/ Castelló, 24, esc.1, 5º izq (Madrid)

correo@omasociados.es

 

Versión para imprimir | Mapa del sitio

Política de Privacidad y Cookies | Aviso Legal
©2019 Lawyers in Partnership Madrid S.L.P. TODOS LOS DERECHOS RESERVADOS